Amamantamiento en el Lugar De Trabajo – Leyes Laborales de California

Brad Nakase, Abogado

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El amamantar brinda muchos beneficios a un niño, especialmente a una edad temprana. Esta le ayuda a desarrollar su sistema inmunológico al mismo tiempo que le brinda nutrientes. Debido a que una madre puede necesitar regresar a trabajar antes de finalizar el periodo de lactancia de su hijo, se han creado ciertas leyes para darle tiempo para extraer su leche.[1] En California, los empleadores deben permitir descansos para lactancia o un tiempo para que las madres extraigan su leche.[2]

Sin embargo, las leyes de California también protegen a los empleadores en ciertas excepciones de la ley de descansos para lactancia.[3] Si el descanso causaría una interrupción grave en las operaciones diarias de la empresa.[4] Aunque la ley de California no dicta expresamente qué es una “interrupción grave”, un tribunal se encargará de analizar cada caso por separado.[5] Además, la extracción de leche debe ser para el propio bebé de la empleada.[6] Debido a que cada madre decide cuándo dejar de amamantar, no hay una definición estricta de lo que se considera un infante lactante.[7] En algunos casos, a las madres de niños de dos años todavía se les daba tiempo para amantarlos. Muchos empleadores dudan en no permitir descansos de lactancia debido a las leyes establecidas.

¿Dónde y cuánto tiempo tengo para extraer mi leche?

Se requiere que un empleador le proporcione a la madre un área aislada y privada, que no sea un cubículo de baño, para extraer su leche y que este cerca de su estación de trabajo. Además, según la ley de California, una madre tiene derecho a amamantar en público en el trabajo siempre que se cumplan dos requisitos:

  • Ella esté autorizada a estar en esa ubicación
  • La ubicación no es una casa o residencia privada de otra persona.[8]

Debido a que cada mujer es diferente, la duración del descanso variará. El código laboral establece que una madre debe tener un tiempo razonable para amantar. Sin embargo, este tiempo varía dependiendo de ciertas circunstancias:

  • Distancia entre el lugar de descanso y el lugar de trabajo de la mujer
  • Tiempo de preparación del equipamiento utilizado
  • El tipo de extractor y su eficiencia
  • Almacenamiento de la leche
  • Pasos de higiene personal necesarios, antes y después del proceso.[9]

Aunque los factores anteriores no son exhaustivos, estos se toman en cuenta al decidir un periodo de tiempo razonable para el descanso de lactancia.

¿Se me paga mientras realizo la extracción?

Aunque es un requisito que el empleador permita los descansos de lactancia, no se espera que la madre reciba un pago durante este tiempo.[10] Sin embargo, si la madre decide tomar su descanso al mismo tiempo que un descaso pagado, entonces será reembolsada.[11]

¿Qué pasa si soy discriminada por timar descansos de lactancia?

Si un empleador se niega o discrimina a una madre por querer tomar un descanso de lactancia, hay varios recursos posibles que esta puede usar. Los primero sería hablar con el empleador o el departamento de recursos humanos. Con suerte, se tomarán medidas para solucionar cualquier problema interno.

Si las opciones anteriores no funcionan, puede presentar una demanda civil alegando discriminación basada en su sexo, ya que esta incluye a las madres que amamantan. Una madre puede solicitar indemnización por daños (incluyendo salarios perdidos y gastos médicos); se pueden imponer daños punitivos contra la compañía para disuadir más comportamientos similares (estos tienden a ser sumas grandes); y un reembolso de honorarios de abogados. Además, si su empleador toma algún tipo de represalia contra usted por querer o necesitar tomar un descanso de lactancia, es importante que hable con un abogado porque usted tiene derecho a este descanso. Un empleador no puede despedirla porque usted desea ejercer este derecho.

Debido a que el costo del remedio para estas violaciones es muy grande, muchos empleadores manejarán estos problemas internamente. Si siente que ha sufrido algunos de los actos discriminatorios anteriores, el hablar con un abogado puede ayudarla a tomar las acciones correctas y a obtener el remedio para su caso específico.


[1] Código Laboral § 1030-1033

[2] Código Laboral § 1030-1033

[3] Código Laboral § 1030-1033

[4] Código Laboral § 1030-1033

[5] 29 U.S.C. § 207 subd. (r)

[6] Código Laboral § 1030

[7] Código Laboral § 1030-1033

[8] Código Civil § 43

[9] Código de Gobierno § 12940

[10] Código Laboral § 1030

[11] Código Laboral § 1030

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